¿Cuándo ha de pasar la Inspección Técnica (ITE) mi edificio plurifamiliar?
Cuando cumpla 45 años de antigüedad y hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Edificios construidos antes hasta 1950, ya deberían haberla pasado.
Edificios construidos entre 1951 i 1960, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Edificios construidos entre 1961 i 1971, hasta el 31 de diciembre de 2016.
*Recomendamos planificarla con tiempo de antelación y no esperar al último trimestre del año para pasarla.
OTROS casos en los que se debe pasar la ITE obligatoriamente:
- Si el edificio ha de acogerse a subvenciones o ayudas públicas para la rehabilitación, cualesquiera que sea el año de construcción.
- Si las ordenanzas municipales o programas locales así lo determinan,iser más restrictivos en las fechas.
- Excepcionalmente, a requerimiento de l ’Agència de l’Habitatge de Catalunya o el Ayuntamiento del municipio donde esté ubicado el edificio.
Cuando cumpla 45 años de antigüedad y hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Edificios construidos antes hasta 1950, ya deberían haberla pasado.
Edificios construidos entre 1951 i 1960, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Edificios construidos entre 1961 i 1971, hasta el 31 de diciembre de 2016.
*Recomendamos planificarla con tiempo de antelación y no esperar al último trimestre del año para pasarla.
OTROS casos en los que se debe pasar la ITE obligatoriamente:
- Si el edificio ha de acogerse a subvenciones o ayudas públicas para la rehabilitación, cualesquiera que sea el año de construcción.
- Si las ordenanzas municipales o programas locales así lo determinan,iser más restrictivos en las fechas.
- Excepcionalmente, a requerimiento de l ’Agència de l’Habitatge de Catalunya o el Ayuntamiento del municipio donde esté ubicado el edificio.
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